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El Instituto de Especialización Judicial, es el área administrativa auxiliar del Consejo de la Judicatura en materia de formación, actualización, profesionalización y desarrollo de los servidores públicos del Poder Judicial y de quienes aspiren a pertenecer a éste, así como el manejo operativo de la carrera judicial, el fomento y difusión de la cultura jurídica, de los materiales bibliohemerográficos y el archivo histórico del Poder Judicial.
El Instituto de Especialización Judicial instrumentará la escuela de formación judicial y tendrá a su cargo y vigilancia el Archivo Histórico y la Biblioteca del Poder Judicial.
Lo anterior con fundamento en el artículo 177 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Querétaro.
El Instituto de Especialización Judicial cuenta con las funciones siguientes:
I. Proponer, en conjunto con la Dirección de Recursos Humanos, al Consejo de la Judicatura los perfiles y condiciones profesionales de admisión, promoción y permanencia de los servidores públicos del Poder Judicial;
II. Diseñar los exámenes que deberán aplicarse a quienes aspiren a ingresar al Poder Judicial y al personal en funciones, para promoción escalafonaria, para lo cual podrá coordinarse con la Dirección de Recursos Humanos;
III. Establecer los objetivos generales de la capacitación y especialización para los servidores del Poder Judicial y quienes pretendan ingresar a éste;
IV. Diseñar los programas de admisión, promoción, desarrollo y especialización;
V. Organizar las actividades académicas correspondientes para operar los programas institucionales;
VI. Otorgar, con la firma del Presidente y Director del Instituto, los documentos correspondientes a quienes intervengan como ponentes o destinatarios de las actividades del mismo;
VII. Publicar los artículos académicos en el medio de difusión correspondiente;
VIII. Supervisar y controlar la adquisición, organización, preservación y difusión de las colecciones bibliohemerográficas del Poder Judicial;
IX. Supervisar y controlar la custodia, registro, conservación, organización, clasificación y difusión de la memoria histórica documental del Poder Judicial;
X. Colaborar con las áreas del Poder Judicial, respecto de los cursos aprobados por el Consejo de la Judicatura;
XI. Capturar de manera veraz y oportuna en los programas o sistemas informáticos implementados por la Dirección de Tecnologías de la Información, los datos estadísticos correspondientes a su función, así como los datos requeridos para sistematizar el área de control escolar y administrativa;
XII. Actualizar la página electrónica del Poder Judicial en la información correspondiente al ámbito de su competencia; y,
XIII. Las demás que le confiera la presente Ley y otras disposiciones legales aplicables.
Listas de acuerdos
Salario Mínimo $248.93
vigente a partir de 01/ene/2024
Unidad de Medida y Actualización
(UMA) a partir de 01/feb/2024 $108.57 diario